El Tribunal Superior de Bogotá notificó a las partes involucradas que leerá la sentencia de segunda instancia en el proceso contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez el martes 21 de octubre, desde las 8:00 a. m.. En esa audiencia se sabrá si el tribunal confirma la condena o absuelve al exmandatario.
La decisión llega luego de que la sala de tres magistrados deliberara y aprobara lo actuado en el recurso de apelación presentado por la defensa contra la sentencia de primera instancia.
Antecedentes del proceso y la condena inicial
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El 1 de agosto de 2025, la jueza Sandra Liliana Heredia condenó a Uribe a 12 años de prisión domiciliaria, por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal. En cambio, lo absolvió del delito de soborno simple.
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También le impuso una multa y lo inhabilitó para ejercer funciones públicas por un período adicional, de acuerdo con la sentencia de primera instancia.
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En el fallo, se consideraron pruebas como interceptaciones telefónicas, testimonios de testigos retractados y otros elementos que la jueza estimó suficientes para comprobar que Uribe habría actuado como “determinador” del soborno a testigos.
El proceso tiene su origen en una investigación iniciada en 2018, cuando la Corte Suprema abrió una indagación preliminar contra Uribe por presuntamente ordenar que se buscaran testigos retractados para favorecerlo ante acusaciones relacionadas con paramilitares.
Desde el inicio del juicio, Uribe y sus abogados han sostenido su inocencia y han señalado que el caso corresponde más a una persecución política que a un proceso jurídico imparcial.
Qué está en juego y qué podría pasar
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Si la sentencia de segunda instancia confirma la condena, Uribe seguiría obligado a cumplir la medida impuesta (prisión domiciliaria u otra que establezca el Tribunal).
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Si el tribunal decide absolverlo, se revocaría la condena de primera instancia.
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Independientemente del resultado, la defensa aún podría recurrir en casación ante la Corte Suprema, solicitando revisar posibles vicios de procedimiento o interpretación jurídica.
Un dato clave: Uribe renunció a la prescripción del proceso. Esto significa que incluso si se agotase el tiempo límite legal para juzgarlo (plazo de prescripción), él mismo rechazó esa posibilidad para que el caso siguiera adelante. Esa decisión garantiza que el proceso no quede archivado por vencimiento de términos.
