Traslado pensional exprés llega a su fin: incertidumbre por decisión de la Corte Constitucional

El 16 de julio marca el cierre definitivo de una de las medidas más relevantes incluidas en la reforma pensional impulsada por el Gobierno Nacional. La denominada ventana de oportunidades para el traslado pensional dejará de estar disponible a partir de las 6:00 de la tarde, poniendo fin a un mecanismo excepcional que permitió a miles de colombianos cambiar de régimen pensional tras recibir una doble asesoría.

Con el cierre de este plazo, la atención se centra ahora en la Corte Constitucional, que deberá decidir el futuro de la reforma pensional. La gran preocupación de quienes aprovecharon este beneficio es qué ocurrirá si el alto tribunal declara inexequible la ley que dio origen a esta medida.

Más de 149.000 colombianos cambiaron de régimen pensional

La ventana de traslado estuvo vigente entre el 16 de julio de 2024 y el 31 de mayo de 2026, periodo durante el cual 265.626 personas solicitaron la doble asesoría obligatoria, un procedimiento mediante el cual recibieron información tanto de Colpensiones como de los fondos privados para tomar una decisión informada sobre su futuro pensional.

De ese total, 149.745 ciudadanos solicitaron formalmente el traslado de régimen. Según las cifras conocidas, 137.398 personas pasaron a Colpensiones, mientras que 8.070 optaron por trasladarse a fondos privados de pensiones.

La medida buscó solucionar una problemática que durante años congestionó los despachos judiciales debido a las múltiples demandas presentadas por trabajadores que consideraban haber tomado decisiones sin la información suficiente al momento de elegir su régimen pensional.

Expertos consideran que los traslados deberían mantenerse

Aunque la reforma pensional permanece suspendida por decisión de la Corte Constitucional desde junio de 2025, el artículo relacionado con la ventana de traslados continuó vigente, razón por la cual miles de personas pudieron acogerse legalmente al mecanismo.

Para la docente de la Universidad Nacional Alejandra Sánchez, quien participó en la construcción de la reforma, esta ventana fue una herramienta necesaria para corregir un problema estructural del sistema.

La académica sostiene que miles de ciudadanos acudían constantemente a los jueces para solicitar el cambio de régimen, obteniendo en muchos casos fallos favorables que terminaban representando obligaciones económicas para el Estado.

Sin embargo, también advierte sobre una situación preocupante: los recursos correspondientes a muchos de los traslados aún no han sido girados, pese a que más de 25.000 personas ya se pensionaron y otras cumplen los requisitos para acceder a su jubilación.

Según Sánchez, esta situación representa una presión financiera adicional para el sistema pensional y exige una pronta solución institucional.

¿Qué pasará si la Corte tumba la reforma pensional?

Uno de los principales interrogantes gira en torno a la seguridad jurídica de quienes realizaron el traslado durante el tiempo en que estuvo vigente la medida.

El abogado especialista en derecho laboral Mauricio Crespo considera que la Corte Constitucional tiene amplias facultades para definir los efectos de sus sentencias. Sin embargo, explica que existen principios fundamentales como los derechos adquiridos, la seguridad jurídica y la confianza legítima, que respaldarían la permanencia de los traslados ya efectuados.

En su concepto, el hecho de que la Corte permitiera expresamente que la ventana continuara funcionando mientras estudiaba la constitucionalidad de la reforma constituye un indicio de que las decisiones adoptadas por los ciudadanos durante ese periodo deberían respetarse.

Una posición similar mantiene Mauricio Olivera, expresidente de Colpensiones, quien recuerda que el artículo nunca perdió vigencia y operó plenamente hasta el vencimiento del plazo establecido por la ley.

Por su parte, el también expresidente de Colpensiones Juan Miguel Villa considera que la decisión inicial de mantener vigente el artículo demuestra que la Corte presume su legalidad, razón por la cual espera que los traslados realizados permanezcan intactos sin importar el fallo definitivo sobre la reforma.

La Corte Constitucional enfrenta una decisión clave

Para los analistas, una vez finalizada la ventana excepcional de traslados, el sistema pensional colombiano entra en una nueva etapa en la que la decisión de la Corte Constitucional será determinante.

Alejandra Sánchez sostiene que el alto tribunal prácticamente enfrenta dos escenarios: declarar exequible la reforma o tumbarla completamente. No obstante, advierte que una decisión de inexequibilidad podría generar importantes dificultades jurídicas y administrativas.

Además de los traslados ya realizados, también continúan vigentes las disposiciones relacionadas con las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACAI), entidades que comenzaron a constituirse bajo las reglas previstas por la reforma.

Según la académica, revertir todo ese proceso implicaría enormes desafíos para el Estado, las administradoras y los ciudadanos que tomaron decisiones basadas en una norma vigente.

Un cierre que deja más preguntas que respuestas

El cierre de la ventana de traslado pensional representa el fin de una medida excepcional que transformó las decisiones de ahorro para la jubilación de miles de colombianos.

Aunque el plazo concluye oficialmente este 16 de julio, el debate sobre el futuro del sistema pensional apenas comienza. La expectativa ahora está puesta en el fallo definitivo de la Corte Constitucional, cuya decisión definirá no solo el destino de la reforma, sino también el alcance de la seguridad jurídica para quienes confiaron en este mecanismo.

Mientras tanto, expertos coinciden en que, por respeto a los principios constitucionales y a la confianza legítima de los ciudadanos, los traslados realizados durante la vigencia de la ventana excepcional tendrían altas probabilidades de mantenerse, independientemente del desenlace que tenga la reforma pensional.

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