Una nueva decisión judicial cambia el panorama de la tauromaquia en Colombia: esto fue lo que pasó
Un fallo definitivo sobre el futuro de las prácticas taurinas en el país emitió la Corte Constitucional al resolver una serie de demandas que buscaban tumbar la Ley 2385 de 2024. A través de la Sentencia C-312 de 2026, la Sala Plena dejó firme la legislación que prohíbe los espectáculos taurinos en todo el territorio nacional, confirmando que la medida entrará en vigor de forma total a partir del 22 de julio de 2027.
Los argumentos de la Corte Constitucional
Bajo la ponencia del magistrado Vladimir Fernández Andrade, la Corte estudió cinco cargos de inconstitucionalidad relacionados con supuestos vicios en el trámite legislativo, el impacto fiscal, la protección a la diversidad cultural, las competencias de las comisiones del Congreso y el derecho al trabajo y a la libre elección de profesión u oficio. Tras el análisis, la Sala Plena determinó que la ley es exequible y puede permanecer sin modificaciones en el ordenamiento jurídico colombiano.
Con este pronunciamiento, el alto tribunal complementa la línea jurisprudencial fijada previamente en la Sentencia C-374 de 2025, ratificando la prevalencia de los principios de protección y bienestar animal.
| Elemento Normativo | Detalle de la Decisión (Sentencia C-312 de 2026) |
|---|---|
| Norma Evaluada | Ley 2385 de 2024 (Ley de prohibición de espectáculos taurinos) |
| Fecha Límite de Prohibición | 22 de julio de 2027 (Fin del período de transición) |
| Prácticas Prohibidas | Corridas de toros, rejoneo, novilladas, becerradas y tientas |
| Uso de Recursos Públicos | Prohibición total de financiación o construcción de infraestructura taurina |
Condiciones durante el periodo de transición
La norma contempla un periodo de transición de tres años contado a partir de su expedición en 2024. Mientras se cumple el plazo definitivo en julio de 2027, los eventos taurinos que lleguen a realizarse deberán someterse a estrictos protocolos de bienestar animal y a las limitaciones fijadas por la ley.
Asimismo, los alcaldes y gobernadores tienen prohibido destinar presupuestos públicos para patrocinar, promocionar o adecuar escenarios dirigidos a estos eventos.
“Los escenarios públicos utilizados históricamente para la tauromaquia deberán cumplir un proceso de reconversión hacia actividades culturales, lúdicas, deportivas y artísticas una vez entre en vigencia la prohibición.” — Sentencia C-312 de 2026.
Reconversión económica y otras expresiones tradicionales
Para mitigar el impacto socioeconómico en los sectores laborales dependientes de la tauromaquia, el Gobierno Nacional y las autoridades territoriales deberán avanzar en los planes de **reconversión económica y laboral** para toreros, ganaderos y comerciantes informales vinculados a la actividad.
- Panorama para corralejas, coleo y peleas de gallos: El nuevo fallo ratifica que la decisión sobre estas prácticas se mantiene bajo los términos fijados en 2025, cuando la Corte declaró inexequible la excepción que las permitía, ordenando un plazo diferido a tres años para su regulación o salida progresiva.
- Readecuación de plazas de toros: Escenarios icónicos como la Plaza de Toros Santamaría en Bogotá o la Plaza de Toros de Cali deberán ser transformados de manera obligatoria en centros culturales multipropósito.
Nota de la redacción: Con este fallo se cierra la vía judicial para revertir la Ley 2385 de 2024, dejando como único camino para el sector taurino la adaptación a los programas institucionales de reconversión laboral antes de julio de 2027.
MIRAR MÁS NOTICIAS AQUÍ
