Doce años de cárcel por besar a la fuerza a una niña de 10 años: Tribunal Superior de Neiva confirmó condena en firme
En un fallo de segunda instancia que sienta jurisprudencia sobre la consumación de delitos sexuales en espacios públicos, la Sala Penal del Tribunal Superior de Neiva dejó en firme la sentencia condenatoria de 12 años de prisión contra Fidel Quiñones Durán. El procesado, quien mantenía una relación de amistad de más de cinco años con la familia de la víctima, fue hallado penalmente responsable del delito de actos sexuales con menor de catorce años agravado, tras besar a la fuerza a una niña de 10 años durante la noche del Día de las Velitas en el sur de la capital huilense.
Aprovechó relación de confianza durante la noche de Velitas
Los hechos investigados por la Fiscalía General de la Nación ocurrieron en la noche del 7 de diciembre de 2022, sobre la avenida Max Duque de Neiva. La víctima había salido de su residencia a comprar una bebida para su madre; al no encontrar el producto en la tienda del sector, acudió a Quiñones Durán, amigo cercano de sus progenitores, para que la trasladara en su motocicleta placa PBP-72B a otro establecimiento.
Durante el trayecto, el sujeto detuvo la marcha de la motocicleta y le manifestó a la menor su intención de «robarle un beso». Pese a la resistencia física de la niña, el agresor la sujetó del hombro y la besó en el rostro y los labios. La maniobra fue presenciada por una ciudadana identificada como María Paula Narváez Bahamón, quien confrontó al hombre, alertó de inmediato a la madre de la víctima y facilitó su captura en flagrancia por parte de la Policía Nacional.
| Parámetro del Proceso Judicial | Detalles del Caso en Neiva |
|---|---|
| Sujeto Condenado | Fidel Quiñones Durán (Condena confirmada en 2ª instancia) |
| Delito Imputado | Actos sexuales con menor de catorce años (Agravado por confianza) |
| Pena Impuesta | 12 años de prisión (144 meses) |
| Fecha de los Hechos | 7 de diciembre de 2022 (Día de las Velitas) |
| Lugar de la Agresión | Avenida Max Duque (Sector sur de Neiva, Huila) |
| Fallo de Primera Instancia | Juzgado Quinto Penal del Circuito de Neiva con Función de Conocimiento |
| Fallo de Confirmación | Sala Penal del Tribunal Superior de Neiva |
“Se advierte que el acto sexual sí llegó a materializarse, pues el contacto corporal de connotación sexual —el beso en la boca— en efecto ocurrió. La oposición de la niña nunca impidió la realización del acto, sino que solo limitó su intensidad o duración…” — Pronunciamiento del Tribunal Superior de Neiva.
Desestimados los argumentos de la defensa
Al apelar la decisión del Juzgado Quinto Penal del Circuito de Neiva, la defensa argumentó que resultaba difícil que el procesado pudiera manipular la motocicleta con una mano y sujetar a la menor con la otra en una vía transitada. Sin embargo, los magistrados precisaron que realizar maniobras a baja velocidad con una sola mano es frecuente en áreas urbanas y que los actos de tocamientos o besos en espacios públicos se ejecutan en lapsos de escasos segundos aprovechando la oportunidad.
El Tribunal destacó la solidez de la prueba plural articulada en el proceso: el testimonio de la testigo presencial neutral, la entrevista forense a la menor practicada por la psicóloga Diany Patricia Ortega Vargas y el informe del patrullero que efectuó la aprehensión tras el señalamiento ciudadano.
- Valoración de la prueba: La magistratura subrayó que la testigo ocular no actuó con ánimo de venganza y que su reacción inmediata de confrontar al agresor demuestra veracidad e indignación natural ante un abuso.
- Consumación del delito: La Sala Penal reiteró que el delito se consuma con el contacto corporal no consentido de connotación sexual, independientemente de su duración o de si la víctima logró esquivarlo parcialmente.
Nota de la redacción: Con la ratificación del Tribunal Superior de Neiva, la condena de 12 años contra Fidel Quiñones Durán queda en firme para el cumplimiento de la pena privativa de la libertad en centro carcelario.
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