El Tribunal Superior de Bogotá concedió una ampliación del término para que las víctimas y la Fiscalía sustenten el recurso de casación dentro del proceso penal seguido contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, decisión formalizada mediante auto del 24 de noviembre de 2025.
La nueva fecha límite quedó fijada para el 13 de enero de 2026 a las 17:00 horas, otorgando a los intervinientes un periodo adicional para preparar los argumentos con los que buscarán que la Corte Suprema de Justicia revise la decisión absolutoria emitida en octubre pasado.
La prórroga y su fundamento jurídico
La ampliación del plazo fue solicitada tras el fallo mediante el cual el Tribunal Superior de Bogotá absolvió a Uribe de la condena de 12 años dictada por el Juzgado 44 Penal del Circuito de Conocimiento por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, en concurso homogéneo y sucesivo.
El auto, suscrito por los magistrados Manuel Antonio Merchán Gutiérrez, Alexandra Ossa Sánchez y María Leonor Oviedo Pinto, evaluó las peticiones radicadas por la Fiscalía y por los representantes de las víctimas: Reinaldo Villalba Vargas, Miguel Ángel del Río Malo y Juan David León Quiroga.
La Sala Penal precisó que la solicitud se sustenta en el artículo 158 de la Ley 906 de 2004, norma que autoriza una única prórroga de los términos procesales cuando se requiera para la adecuada preparación del recurso. A diferencia de la Ley 600 de 2000 —que exigía la demostración de causas graves y justificadas—, el Código de Procedimiento Penal vigente permite al juez considerar las circunstancias específicas del expediente.
Los apoderados de las víctimas argumentaron que la amplitud del material probatorio y la complejidad jurídica del caso hacen indispensable un tiempo adicional para estructurar los fundamentos de la demanda. Por su parte, la Fiscalía señaló que la extensión del plazo favorece la administración de justicia, recordando que la prórroga se encuentra respaldada por la jurisprudencia de la Corte Suprema y que la prescripción de la acción penal permanece suspendida, lo que evita afectaciones al proceso.
Implicaciones para la etapa de casación
Con el nuevo plazo, la Fiscalía y las víctimas dispondrán de más tiempo para presentar la demanda extraordinaria ante la Sala de Casación Penal. Su propósito es controvertir la sentencia absolutoria y solicitar la revisión integral de los fundamentos fácticos y jurídicos que sustentaron el fallo del Tribunal.
El auto también establece que la decisión de prórroga admite recurso de reposición, permitiendo a las partes solicitar una nueva revisión del término otorgado. Una vez vencido el plazo, corresponderá a la Corte Suprema determinar si admite o no la demanda.
Escenarios ante la Corte Suprema de Justicia
Cuando la demanda extraordinaria sea presentada, el proceso avanzará a la etapa de control por parte de la Sala de Casación Penal, que deberá evaluar los siguientes escenarios:
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Admisión o inadmisión del recurso. La Corte verificará el cumplimiento de los requisitos legales de la demanda. Puede inadmitirla por fallas formales o materiales, o admitirla total o parcialmente si encuentra argumentos que justifiquen un estudio de fondo.
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Revisión de los cargos. Si el recurso es admitido, la Corte analizará los cargos planteados, que pueden versar sobre errores de derecho, violaciones al debido proceso, deficiencias en la valoración probatoria o irregularidades sustanciales.
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Decisión sobre el fallo impugnado. La Corte podrá:
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Confirmar la sentencia del Tribunal Superior.
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Casar parcialmente la sentencia.
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Casar totalmente la sentencia y dictar un nuevo fallo.
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Órdenes complementarias. En caso de advertir vulneraciones a garantías procesales, la Sala puede ordenar la repetición de actuaciones o disponer la emisión de una nueva sentencia por el juez competente.
