Impuesto al plástico de un solo uso toma por sorpresa a importadores: así se debe pagar ante la Dian

El impuesto al plástico de un solo uso volvió al centro del debate empresarial en Colombia luego de que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) reglamentara oficialmente su aplicación para mercancías importadas. La medida, que empezó a regir con mayor claridad este año, obligó a numerosos empresarios a correr para cumplir con una obligación tributaria que muchos no tenían plenamente identificada.

La cruzada contra los plásticos de un solo uso inició formalmente en 2022, cuando se promulgó la ley que grava este tipo de materiales. Sin embargo, quedaron múltiples dudas sobre su aplicación en el comercio exterior, especialmente frente al plástico utilizado para embalar productos provenientes del extranjero.

Fue la Corte Constitucional la que ordenó a la Dian reglamentar de manera precisa cómo debía tributar el plástico usado en envases, empaques y embalajes de mercancías importadas. En cumplimiento de ese mandato, el pasado 9 de febrero la entidad expidió una resolución que aterriza la forma de liquidar y declarar el impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso en la importación.

Un impuesto que no se paga en la nacionalización

A diferencia de otros tributos asociados a las compras internacionales, como los aranceles o el IVA, este impuesto no se declara ni se paga en el momento de la nacionalización de la mercancía. Según explicó Martha Reyes, Tax Partner de BDO Colombia, el pago debe realizarse el décimo día hábil de febrero de cada año.

En 2026, esa fecha correspondió al 13 de febrero, lo que obligó a los importadores a recopilar contrarreloj la información necesaria para cumplir con la obligación. El pago realizado este año corresponde al plástico importado entre el 25 de julio y el 31 de diciembre del año anterior.

La dificultad radicó en que muchas empresas no tenían consolidado el dato exacto sobre el gramaje del plástico utilizado en los embalajes de sus productos, información clave para determinar el monto del impuesto.

¿Cómo se calcula el impuesto al plástico?

El tributo se liquida multiplicando el total de gramos de envase, empaque y embalaje plástico importado por 0,00005 UVT (Unidad de Valor Tributario). La UVT es una medida que fija anualmente la Dian y sirve como referencia para calcular impuestos, sanciones y otras obligaciones fiscales.

En términos prácticos, esto significa que el valor final depende directamente del peso del plástico utilizado en el embalaje. En un contexto en el que gran parte de las importaciones —que el año pasado ascendieron a 70.502 millones de dólares— llegan protegidas con plásticos, burbujas o envolturas especiales, la carga tributaria puede resultar significativa.

Además, este impuesto no es deducible del impuesto sobre la renta, lo que impacta directamente la estructura de costos de las compañías, especialmente aquellas con altos volúmenes de importación.

Empresas no estaban preparadas

Aunque durante el año pasado se emitieron alertas sobre la entrada en vigor efectiva de la medida, muchas compañías no estaban listas para cumplir. Algunas incluso optaron por pagar la extemporaneidad mientras analizaban si realmente eran sujetos pasivos del impuesto o si podían aplicar exclusiones.

El pago fuera de plazo ante la Dian puede resultar oneroso debido a intereses y sanciones. A esto se suma una nueva carga formal impuesta por la resolución reciente: la obligación de presentar un anexo detallado en la declaración, especificando el gramaje exacto del plástico utilizado en cada importación.

Para la entrega de este formato, la Dian estableció como plazo máximo el 31 de marzo de 2026.

¿Quiénes están obligados y quiénes están excluidos?

El universo de responsables se amplió considerablemente. Ya no solo están obligados los fabricantes o comercializadores de productos plásticos, sino también empresas de sectores como comercio, tecnología, alimentos y consumo masivo que importen mercancía embalada en plástico.

No obstante, existen exclusiones. El impuesto no se causa cuando el plástico utilizado cuenta con certificado de economía circular, es decir, cuando se trata de material reciclado. Tampoco aplica para plásticos empleados en el empaque de productos médicos o químicos que representen riesgo para la salud humana o el medioambiente.

Asimismo, están excluidos aquellos plásticos que contienen o conservan alimentos y que se requieren por razones de asepsia e inocuidad.

El problema para muchos empresarios es obtener a tiempo los certificados o soportes técnicos que acrediten estas condiciones, especialmente cuando los proveedores están en el exterior.

¿Se trasladará el costo al consumidor?

De acuerdo con expertos tributarios, salvo en el caso de empresas cuya actividad principal sea la importación o comercialización de plásticos, el monto del impuesto no debería trasladarse directamente al precio final del producto.

Sin embargo, sí representa una nueva carga operativa y administrativa en un entorno económico ya tensionado por otros factores como el aumento del salario mínimo y la eventual implementación de nuevos tributos, como el impuesto al patrimonio.

En conjunto, estos elementos podrían presionar los costos empresariales y, eventualmente, impactar los precios al consumidor.

Un cambio estructural en la política ambiental

Más allá de la carga fiscal, el impuesto al plástico de un solo uso responde a una política pública orientada a reducir el impacto ambiental de estos materiales. El objetivo es incentivar el uso de alternativas recicladas o sostenibles y fomentar la economía circular.

No obstante, el desafío está en equilibrar la meta ambiental con la capacidad operativa de las empresas para adaptarse a los nuevos requerimientos sin afectar la competitividad.

Por ahora, el mensaje para los importadores es claro: revisar con detalle el gramaje del plástico utilizado en sus embalajes, exigir certificaciones a proveedores y fortalecer sus procesos internos de control tributario será clave para evitar sanciones y sobrecostos en el futuro.

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