Consejo de Estado suspende decreto de aumento del salario mínimo 2026
Nuevo revés judicial para el Gobierno del presidente Gustavo Petro. El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el decreto que fijó el incremento del salario mínimo para el año 2026, decisión que obliga al Ejecutivo a expedir un nuevo acto administrativo transitorio en un plazo máximo de ocho días calendario.
La medida cautelar recae sobre el Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025, mediante el cual el Gobierno Nacional estableció el salario mínimo legal mensual vigente para 2026 en $1.750.905. Con el auxilio de transporte incluido, la cifra alcanzaba los 2.000.000 de pesos.
En el auto judicial, el alto tribunal fue claro al señalar: “Suspensión provisional de los efectos del Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025 expedido por el Gobierno Nacional, mediante el cual se fijó el salario mínimo legal para el año 2026 en $1.750.905”.
Acumulación de demandas contra el decreto
La decisión se conoció horas después de que al despacho del magistrado Juan Camilo Morales se acumularan 16 demandas presentadas contra el acto administrativo expedido por el Gobierno Petro.
Los demandantes cuestionaron la legalidad del procedimiento y los criterios técnicos utilizados para determinar el aumento del 23 %, uno de los incrementos más altos registrados en los últimos años. Las acciones judiciales argumentan presuntas fallas en la aplicación de los parámetros constitucionales y legales que deben orientar la fijación del salario mínimo en Colombia.
No obstante, el Consejo de Estado precisó que la suspensión es una medida provisional y no constituye una decisión de fondo sobre la legalidad del decreto. “Se trata de una medida provisional que no implica un pronunciamiento definitivo sobre la legalidad del acto, asunto que será resuelto en la sentencia”, aclaró la corporación.
Gobierno tiene 8 días para nuevo decreto
Además de suspender el acto administrativo, el alto tribunal impartió una orden directa al Ejecutivo: en un plazo máximo de ocho días calendario deberá expedir y publicar un nuevo decreto transitorio que determine el porcentaje del salario mínimo para 2026 y el valor total que regirá mientras se adopta una decisión definitiva.
La decisión establece una hoja de ruta detallada que el Gobierno deberá seguir para evitar nuevos cuestionamientos judiciales. Entre los criterios obligatorios que deben aplicarse de manera integral se encuentran:
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La meta de inflación fijada por la junta directiva del Banco de la República.
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La productividad certificada oficialmente.
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La inflación real del año anterior.
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El crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB).
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La contribución de los salarios al ingreso nacional.
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La especial protección constitucional al trabajo.
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La garantía de una remuneración mínima, vital y móvil.
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La función social de la empresa.
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Los objetivos constitucionales de dirección de la economía.
El Consejo de Estado subrayó que el nuevo decreto deberá contar con una fundamentación económica detallada, verificable y sustentada en fuentes y certificaciones oficiales. Asimismo, el Gobierno deberá explicar el tipo de valoración aplicada a cada criterio, la discusión realizada y el razonamiento que conduzca a la cifra final.
¿Qué pasa con el salario mientras tanto?
El alto tribunal también aclaró que los efectos de la suspensión solo se harán efectivos a partir de la publicación del nuevo decreto transitorio. Mientras ello ocurre, continúa rigiendo el valor del salario mínimo fijado en el Decreto 1469 de 2025.
Es decir, por ahora se mantiene vigente el salario mínimo decretado, hasta tanto el Gobierno expida el nuevo acto administrativo en cumplimiento de la orden judicial.
La corporación fue enfática en advertir que el Ejecutivo no podrá reproducir el contenido del acto suspendido sin cumplir los lineamientos establecidos. El incumplimiento de estas órdenes podría derivar en las sanciones contempladas en la ley.
Impacto jurídico y económico
Otro punto clave de la decisión es que la suspensión provisional no afecta las obligaciones ni los derechos que hayan sido calculados, causados o pagados con base en el salario mínimo vigente durante el periodo en el que el decreto produjo efectos.
Esto incluye pagos de nómina en el sector público y privado, pensiones, contratos, multas, sanciones, tarifas, cuantías procesales y cuotas alimentarias, entre otros conceptos. En consecuencia, no habrá efectos retroactivos sobre pagos ya realizados.
La determinación del Consejo de Estado abre un nuevo capítulo en el debate sobre la política salarial del Gobierno Petro, en un contexto económico marcado por presiones inflacionarias, ajustes fiscales y discusiones sobre la sostenibilidad empresarial.
En los próximos días será clave conocer el contenido del nuevo decreto transitorio y la forma en que el Ejecutivo justifique técnicamente la cifra que defina para el salario mínimo de 2026. La decisión final sobre la legalidad del decreto suspendido quedará en manos del Consejo de Estado, que deberá resolver de fondo las demandas acumuladas.
Por ahora, el país queda a la expectativa de la respuesta del Gobierno y del impacto que esta decisión judicial pueda tener en la estabilidad jurídica y económica del salario mínimo en Colombia.
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