Polémica por cambios en contratación del Fondo Paz antes de nuevo nombramiento
Nuevos cuestionamientos rodean al Fondo Programas Especiales para la Paz luego de conocerse modificaciones al manual de contratación de la Presidencia de la República que permitieron adiciones y prórrogas sin límite en los contratos administrados por esa entidad.
La controversia gira en torno a una resolución firmada por Letty Leal Maldonado pocos días antes de asumir oficialmente la dirección del Fondo Paz, cargo al que llegó tras desempeñarse como subdirectora general del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre).
El documento en cuestión corresponde a la Resolución 0059 del 13 de enero de 2026, mediante la cual se aprobó la versión número 23 del Manual de Contratación del Dapre. La decisión quedó en firme apenas semanas antes de que Letty Leal Maldonado fuera designada oficialmente como directora del Fondo Paz el 30 de enero de 2026.
Las modificaciones han generado preocupación debido a que el Fondo Paz maneja recursos bajo un esquema especial de contratación regido por normas de derecho privado, lo que le permite operar con menos controles y procedimientos distintos a los exigidos en la contratación pública tradicional.
Uno de los puntos que más controversia ha despertado es la autorización de adiciones contractuales sin límite de cuantía. Según el nuevo manual, los contratos podrán incrementarse sin restricción económica siempre que exista una justificación técnica y financiera.
“Los contratos celebrados por el Fondo podrán ser adicionados sin límite de cuantía”, señala el documento, indicando además que la necesidad deberá sustentarse desde aspectos técnicos y financieros.
La resolución también habilita prórrogas contractuales sin límite de tiempo, situación que ha despertado alertas entre expertos en contratación estatal y sectores políticos, quienes advierten posibles riesgos para la transparencia en el manejo de recursos públicos.
En el texto aprobado se establece que los contratos “podrán ser prorrogados sin límite de tiempo siempre y cuando se determine de manera técnica la necesidad”.
La modificación representa un cambio significativo frente a las reglas anteriores del manual de contratación de la Presidencia. En la versión previa, las adiciones no podían superar el 50 % del valor inicial del contrato, ajustándose a los parámetros generales que tradicionalmente aplican en entidades estatales.
Además de las modificaciones sobre cuantías y tiempos, el nuevo manual incorporó una modalidad de contratación denominada “convocatoria cerrada por mínima cuantía”.
Esta figura permite adelantar procesos con apenas dos invitados seleccionados previamente, habilitando la adjudicación de contratos de hasta cien salarios mínimos legales vigentes sin necesidad de abrir convocatorias públicas para otros oferentes.
La implementación de este mecanismo ha generado cuestionamientos por parte de analistas y sectores de oposición, quienes consideran que podría reducir la competencia y limitar la transparencia en la selección de contratistas.
El debate adquiere mayor relevancia debido a las recientes investigaciones y denuncias relacionadas con presuntos sobrecostos y posibles irregularidades dentro de entidades adscritas a la Presidencia de la República.
El Fondo Paz ha estado bajo observación debido al volumen de recursos que administra y a la flexibilidad contractual con la que opera, especialmente en proyectos vinculados con programas especiales y procesos relacionados con iniciativas gubernamentales de paz.
La polémica se intensificó además tras recientes declaraciones de Angie Rodríguez, quien habría advertido sobre la posible existencia de una presunta red criminal al interior de la Casa de Nariño.
Aunque las denuncias y alertas aún son materia de análisis e investigación, el ambiente dentro del Dapre sigue marcado por crecientes cuestionamientos sobre los mecanismos internos de contratación y supervisión administrativa.
Otro de los aspectos que llama la atención es que, meses antes de la expedición de la resolución, específicamente en septiembre de 2025, se delegó a la Subdirección General del Dapre la facultad de aprobar modificaciones al manual de contratación.
Esa delegación permitió que Letty Leal Maldonado pudiera firmar los cambios antes de asumir el cargo que posteriormente administraría directamente las nuevas reglas contractuales.
Sectores políticos y expertos en control fiscal consideran que esta situación podría generar cuestionamientos éticos y eventuales conflictos relacionados con la toma de decisiones administrativas previas a su nombramiento.
Mientras tanto, voces críticas señalan que los cambios podrían facilitar una mayor discrecionalidad en el manejo de contratos, especialmente en procesos donde no existe obligación de licitación pública ni competencia abierta entre oferentes.
El caso también ha puesto nuevamente sobre la mesa el debate sobre la necesidad de fortalecer los controles y mecanismos de vigilancia en entidades que manejan recursos públicos bajo regímenes especiales de contratación.
Hasta el momento, ni el Dapre ni el Fondo Paz han emitido un pronunciamiento oficial detallando las razones técnicas y jurídicas que motivaron las modificaciones introducidas en el nuevo manual de contratación.
Entretanto, distintos sectores políticos y organismos de control podrían solicitar revisiones sobre el alcance de estas decisiones administrativas y su impacto en la transparencia del gasto público dentro de la Presidencia de la República.
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